PODER JUDICIAL - NUEVA NORMA
PODER JUDICIAL
Cobro de Coseguros - Nueva Modalidad de Trabajo
En las prestaciones que autorice a partir del 01/06/2008 esta Obra Social consignará en la orden y/o prescripción el importe del coseguro a cobrar en forma directa por el prestador al afiliado.
No corresponde cobrar coseguro:
Cuando el importe no figura en la documentación autorizada.
En consultas.
Cirugías y prácticas quirúrgicas, códigos: 01 al 13 del Nomenclador Nacional.